TESTIMONIO: VISTO Y CONSIDERANDO: El Artículo 179º, inciso 2º de la Ley Orgánica Municipal y el Ar-tículo 190º del Estatuto y Escalafón para el personal municipal. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 17/92 ------------------------------- ARTICULO 1.- Bloquéanse las matrículas del ámbito municipal a los siguientes ------------ profesionales: Arquitecto David Crotto - D.N.I.: 10.977.491 - Legajo Nº 692 - Secretario de Obras y Servicios Públicos y Arquitecto Eduardo Antonio Mandiola - D.N.I.: 11.685.962 - Legajo 384 - Director de Obras Priva-das.------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Otórgase a partir del 1º de marzo de 1992 a los profesionales men- ------------ cionados en el Artículo anterior una compensación por bloqueo total de Titulo igual al cincuenta (5O%) por ciento del sueldo básico de cada uno de los nombrados.------------------------------------------------------------------ ARTICULO 3.- Para financiar la erogación que signifique el cumplimiento de los ------------ Artículos anteriores tómase crédito de la siguiente partida del Presupuesto General de Gastos: Finalidad 6.1.4.1.¨Crédito Adicional" $ 9.846,90. ARTICULO 4.- Créanse las siguientes partidas en el Presupuesto General de Gas- ------------ tos: Finalidad 1 - Jurisdicción 2 : 1.1.1.3.2.O. "Bonificación Blo-queo de Título" $ 6.653,80 - Finalidad 3 - Jurisdicción : - 1.1.1.1.2.20 "Boni-ficación Bloqueo de Título" $ 3.193,10.---------------------------------------- ARTICULO 5.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable concejo Deliberante, en Sesión Extra-ordinaria, a los nueve días del mes de abril de mil novecientos noventa y dos. FIRMADO: Dr. Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.---